El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Zamora resolvió, el pasado 18 de junio, plantear ante la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, «la cuestión de ilegalidad sobre la ordenanza reguladora de la tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial constituidos sobre el subsuelo, o vuelo de dominio público local del Ayuntamiento de Robleda-Cervantes». Es la parte dispositiva de un auto contra el que no cabe recurso alguno.

En sus fundamentos de derecho, el Contencioso Administrativo de Zamora justifica su decisión en la competencia para conocer el recurso planteado por Red Eléctrica de España. La operadora interpuso un recurso contra la liquidación de la tasa por importe de 16.039 euros, por considerar que «no es conforme a derecho, al entender que la ordenanza reguladora de la tasa podría no ser ajustada a derecho jurídico, en cuanto a la cuota tributaria». Es uno de tantos recursos llevados adelante por las diferentes compañías eléctricas, que ha llevado a los ayuntamientos a reconsiderar la cuantía de sus cuotas, pero no a desistir en absoluto del cobro por el uso del dominio público por las infraestructuras de transporte eléctrico.