La resolución del litigio sobre los límites entre Castromil de Hermisende y el pueblo orensano de Cádavos lo ha resuelto el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas otorgando validez a las pretensiones del municipio sanabrés, que se basó en el plano topográfico levantado en 1911 por el Instituto Geográfico Nacional. Hermisende se hace así con una porción de 1,8 kilómetros en la triple frontera, municipal, provincial y autonómica.

El Ministerio declaró que la línea límite entre los municipios de Hermisende (Zamora) y A Mezquita (Orense) es la que se reconoce por el Instituto Geográfico Nacional en su informe de 16 de diciembre de 2011, coincidente con el límite catastral entre los citados términos municipales. La resolución es firme desde el pasado mes de octubre, plazo límite para que el municipio de A Mezquita presentara recurso.

Esta línea límite viene representada por los 66 puntos que el Instituto Geográfico (IGN) ha seleccionado para racionalizar su trazado simplificándolo. Para la obtención de esta geometría del límite catastral, el IGN se ha basado en la información que figuran en las cartografías facilitadas por las Gerencias Territoriales del Catastro de Orense y de Zamora. Los puntos definen el límite catastral, de forma que las parcelas situadas al este de dicha línea tributan en Hermisende y las que se encuentran al oeste lo hacen en A Mezquita.

El Instituto Geográfico detalla esos 66 puntos y desglosa los puntos en conflicto. El punto 1, correspondiente al Mojón 1 (M1) del acta levantada por el Instituto Geográfico y Estadístico entre Castromil y de Cádavos, el 20 de septiembre de 1910, se corresponde al mojón 10 y último del acta entre Hermisende, en su anejo Castromil y de La Mezquita, en su parroquia Castromil, de fecha 21 de septiembre de 1910.

Otro punto, el 48, coincide con una roca con cruces grabadas que figura en la documentación aportada por Hermisende con la denominación de La Lama. El punto 54 se corresponde con una roca con cruces grabadas, que figura en la documentación aportada por Hermisende y denominado Picoto Furado.

Por último, se asegura que el punto 66 se encuentra al norte de la posición del marco 349 de la frontera entre España y Portugal, a unos 4 metros de distancia del Penedo que constituye dicho marco. Sobre el Penedo figura un hito de piedra donde están grabadas en su superficie once cruces y las iniciales V y H. Hay también otro hito de piedra al pie del Penedo, en dirección sur. La línea propuesta por el IGN entre el punto 66 y el marco 349 es la recta que los une.

La resolución del Ministerio de Administraciones Públicas pone fin a la vía administrativa, y solo dejaba abierta la vía contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses que finalizó el día primero de octubre. El alcalde del municipio, José Ignacio González, no tiene constancia de que se ha recurrido y, satisfecho por la resolución, reconocía que este procedimiento «ha sido muy largo».

El 20 de diciembre de 2010 se presentó en la antigua Dirección General de Cooperación Local, el acta de desacuerdo remitida por el Ayuntamiento de Hermisende de la reunión celebrada en octubre en Castromil, con el objeto de proceder al deslinde entre la parroquia de Cádavos, y el anejo de Castromil.

El 14 de enero de 2011 se remite al Instituto Geográfico Nacional copia del acta de desacuerdo de deslinde entre los municipios, que ha sido instado por el Ayuntamiento de Hermisende, para la designación de ingenieros y señalamiento de la fecha de actuaciones. Las posteriores reuniones de las comisiones de deslinde finalizan de nuevo en desacuerdo. La discrepancia afecta al tramo de la línea límite que discurre entre los pueblos, comprendido entre el los mojones M1 y M3T y la frontera internacional entre España y Portugal.

Pese a que a los dos ayuntamientos les instó el IGN a alcanzar un acuerdo que estableciese por primera vez el límite jurisdiccional, optaron por mantener inalteradas sus posturas divergentes. El 28 de febrero de 2011 tuvo entrada en el expediente el informe solicitado al Centro Geográfico del Ejército, que pone de manifiesto que el deslinde entre los municipios de Hermisende y A Mezquita es un problema de delimitación de límites administrativos de los dos municipios, y por defecto, al ser de distintas comunidades, es un problema de demarcación entre límites administrativos de comunidades.

Con fecha 16 de diciembre de 2012, el Instituto Geográfico, a la vista de las actuaciones y de las actas de desacuerdo correspondientes, emite informe-propuesta en relación al deslinde. El referido informe concluye «una línea límite jurisdiccional entre los términos municipales de Hermisende, en su anejo Castromil, y A Mezquita, en su parroquia Cádavos, coincidente con el límite catastral entre los citados términos municipales».