La Juez de Instrucción de Puebla de Sanabria ha condenado a la alcaldesa popular de Peque, Pilar Otero Lobato; a su hermana, Ana Isabel Otero; y a otras tres familiares y vecinas: Isabel Ferrero Otero, Pilar Cuesta Vicente y Evelia Otero Casado, por una falta de lesiones al jubilado de 75 años Lorenzo Ferrero. La juez considera a las cinco mujeres como autoras responsables de una falta de lesiones, tipificada en el artículo 617 del Código Penal, y les impone una la pena de 270 euros, a razón de 45 días de multa y una cuota diaria de seis euros, y una indemnización de 180 euros para el perjudicado por las lesiones causadas.

El fallo impone además el pago de los gastos médicos y el pago de las costas causadas. La sentencia condena además a la alcaldesa, Pilar Otero, y a su hermana por una falta de amenazas y vejaciones de carácter leve del artículo 620 del Código Penal e impone una pena de 150 euros, a razón de 10 euros diarios durante 15 días, además del pago de las costas. La titular del Juzgado absuelve al jubilado, Lorenzo Ferrero Prieto, de una falta de injurias y otra de maltrato que se le imputaban.

El letrado de Lorenzo Ferrero, Miguel Ángel Martín Anero, calificaba de «inadmisible que a la puerta de su casa un señor de 75 años sea agredido por la alcaldesa, la hermana de la alcaldesa, una tía de la alcaldesa, una prima de la alcaldesa y una amiga de la alcaldesa».

Los hechos probados recogen que el 19 de agosto, sobre las 8 de la tarde, Lorenzo Ferreros estaba en el portal de si vivienda, cuando la alcaldesa se le acercó y le recriminó que tirase piedras a una máquina, a lo que Ferrero respondió «¿Qué máquina. Yo no he tirado piedras a ninguna máquina porque no estoy falto de conocimiento». Seguidamente se produjo un forcejeo entre ambos y se acercó la hermana de la alcaldesa que le tenía agarrado de la camisa a la altura del pecho. En ese forcejo profirieron insultos «cabrón, hijo de p., muerto de hambre, tú a mi hermana no la tocas». En ese momento llegaron por detrás de Ferrero las otras tres mujeres que le arañaron y le golpearon. Ferrero logró zafarse de las cinco mujeres entrando en su casa, como relata la descripción de los hechos del fallo judicial.

El jubilado presentaba lesiones consistentes en erosiones y excoriaciones en el hombro derecho, contusión en el costado derecho, para lo que necesitó una única asistenta sin actuaciones facultativas necesarias posteriores. Precisó una cura local y analgésicos. Como consecuencia de las lesiones permaneció seis días impedido para su trabajo habitual. El 20 de agosto, la alcaldesa Pilar Otero presentó una denuncia por supuestas injurias contra Lorenzo Ferrero «por unos hechos que no han resultado acreditados» recoge textualmente la sentencia.

En los Fundamentos de Derecho la juez precisa sobre la declaración de Lorenzo Ferreros que es «verosímil y congruente sin incurrir en contradicciones». Las lesiones denunciadas se corresponden con elementos probatorios de índole objetiva: el informe Médico Forense y en las fotografías tomadas al agredido. En cuanto a la acusación de vejaciones «puede afectar también al honor y a la dignidad humana» aunque la jurisprudencia vincula la vejación a la dignidad personal.

En cuanto a la absolución de Lorenzo Ferrero, la juez considera que se sintió humillado y maltratado por las afirmaciones de la alcaldesa. Pilar Otero siguió en su actitud en lugar de «marcharse y abandonar el lugar atendiendo a que le debía un respeto y consideración dada su edad». Lorenzo Ferrero respondió a la agresión y los insultos tratando de escapar de la situación. Otro dato que refleja la sentencia es la actitud de la alcaldesa Pilar Otero que reencontraba en las inmediaciones del centro de salud de Mombuey, tras la agresión, y preguntada por la Guardia Civil recriminó «que a ver quien les había avisado», los agentes ya estaban informados de la discusión ocurrida a la puerta de Lorenzo Ferrero. Por estos hechos el juzgado sanabrés estima «procedente el reproche penal» para la alcaldesa y las otras cuatro mujeres de Peque.