S. RAMOS, CASASECA DE LAS CHANAS
La Consejería de Medio Ambiente ha aprobado el documento de Referencia para la Modificación Puntual de las Normas Urbanísticas Municipales de Casaseca de las Chanas, promovidas por el Ayuntamiento. La iniciativa tiene como objetivo el cambio de clasificación de suelo de una única parcela actualmente clasificada como suelo rústico de especial protección agraria con el fin de crear un nuevo sector de suelo urbanizable delimitado sin ordenación detallada de 1,3 hectáreas de extensión que será asignado al denominado Sector 10, unidad de Actuación 10, al objeto de fomentar un desarrollo residencial y dotacional en la zona por las demandas del propio municipio en función de su cercanía a la capital zamorana.
La modificación puntual se localiza al este del núcleo urbano de Casaseca de las Chanas y si bien no es colindante se encuentra situado muy próximo al mismo. Los terrenos se enmarcan en un entorno plenamente humanizado, no presenta aparentes complicaciones topográficas, carecen de valores ambientales relevantes y únicamente están ocupados por algunas construcciones vinculadas a una antigua explotación avícola. El Informe de Sostenibilidad Ambiental, no obstante, deberá justificar de forma objetiva la necesidad de la reclasificación del suelo propuesta e igualmente que, atendiendo a las características y localización de los terrenos afectados, que éstos han perdido los condicionantes que les llevaron a su protección dentro de la clasificación del suelo rústico, valorando la viabilidad ambiental del modelo territorial propuesto.
La nueva clasificación del suelo deberá estar ajustada a la vocación de los terrenos, a su interés social y a las características del entorno, según lo establecido en la legislación vigente de urbanismo. Deberá tener en consideración la proximidad a la Zona de Especial Protección para las Aves ZEPA ES0000208 «Llanuras del Guareña» y la potencial existencia en la zona de algunas aves consideradas como vulnerables en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas como el aguilucho cenizo (Circus pygargus) y el milano real (Milvus milvus).
Medio Ambiente obliga asimismo a mantener los usos permitidos en el caso de que existan vías pecuarias y a tener en cuenta el informe de la Confederación Hidrográfica del Duero, en particular la existencia de recursos hídricos suficientes para atender la demanda de agua necesaria. El Estudio de Sostenibilidad Ambiental deberá ser expuesto al público y sometido a la consideración de las administraciones, sindicatos agrarios y organizaciones ecologistas, entre otras entidades.