El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de León ha dictado la primera sentencia sobre el impuesto de plusvalía municipal que sigue el criterio del Tribunal Constitucional. En este caso, la resolución da la razón al recurrente y señala que a partir de ahora tendrá que ser el Ayuntamiento y no el contribuyente quien tendrá que demostrar que se produjo un incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.