Los abogados defensores de Montserrat González y de su hija Triana Martínez, José Ramón García, y de la Policía Local Raquel Gago, Fermín Guerrero, solicitaron ayer en la vista oral que tuvo lugar en la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), en Burgos, la reducción de la pena de 22 a 8,5 años de prisión para Montserrat y la libertad para Triana y Gago.

Así, en la vista pública celebrada por los recursos presentados por las tres juzgadas y condenadas por la muerte de la que fuera presidenta de la Diputación de León y del PP provincial, Isabel Carrasco, abatida a tiros el 12 de mayo de 2014 en la capital leonesa, los letrados pidieron una revisión de la sentencia conocida el pasado 10 de marzo.

En la misma, el juez condenó a 22 años de prisión a la autora material confesa de la muerte de Carrasco, Montserrat González; a 20 años a su hija Triana Martínez -en ambos casos por los delitos de asesinato en concurrencia con atentado a la autoridad y tenencia ilícita de armas-; mientras que la agente de la Policía Local, Raquel Gago, fue absuelta del delito de asesinato y condenada a cinco años de prisión por encubrimiento y tenencia ilícita de armas.

En este sentido, José Ramón García, justificó la petición de la rebaja de la pena de cárcel de 22 a 8.5 años para Montserrat González en que, según defendió, "ha habido una errónea valoración por parte del jurado en cuanto al tema del estado mental de la madre" ya que ésta sufría un "trastorno de ideas delirantes" que, según expuso, "se confundió con una esquizofrenia paranoide". En cuanto a la petición de la absolución para su defendida Triana Martínez, García señaló que "se ha vulnerado el derecho a la presunción de inocencia" y volvió a apelar a la polémica suscitada en el transcurso del juicio sobre la hora exacta de la comisión del delito, por lo que reclamó su puesta en libertad frente a la condena de 20 años impuesta. Por su parte, el abogado de Raquel Gago, Fermín Guerrero, presentó recurso en el que reclamó la libre absolución de la agente de la Policía Local de León, argumentando que la decisión del jurado, "estaba basada en indicios aunque no hay hechos probados" y, por lo tanto, estas pruebas eran insuficientes.