El Consejo de Gobierno aprobó ayer el proyecto de ley del Estatuto de los Altos Cargos de la Administración de Castilla y León en el que se regula la limitación de mandatos para las presidencias de las instituciones autonómicas y se endurecen las incompatibilidades y las denominadas "puertas giratorias", junto a la inclusión de un régimen sancionador en caso de infracción. Además, los consejeros estarán obligados a comparecer en las Cortes en el ecuador de su gestión para hacer balance.

La norma incluye la limitación de mandatos a ocho años para las presidencias de la Junta, Cortes e instituciones propias de la comunidad, pero también para los consejeros que no podrán estar más de dos legislaturas en el mismo departamento. Además, los secretarios generales y directores generales, con carácter general, deberán ser funcionarios de carrera del subgrupo A1 de cualquier administración pública o grupo equivalente.

El consejero de la Presidencia, José Antonio de Santiago-Juárez, resaltó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno que es una ley "muy novedosa" en la que se pone "negro sobre blanco" las demandas de la sociedad en materia de regeneración y calidad democrática y recalcó que va más allá del acuerdo de gobernabilidad firmado por Ciudadanos hace un año.

En el plazo de dos meses desde el día de su toma de posesión y, en todo caso, en ese mismo plazo desde el día en que comience cada legislatura, los altos cargos deberán presentar ante la Inspección General de Servicios, entre otros documentos, que no están incursos en ninguna causa de incompatibilidad, la declaración de actividades, la notarial de sus bienes y la certificación de la Agencia Tributaria.

El ejercicio de alto cargo no será compatible con ser parlamentario autonómico o miembro de las corporaciones locales, pero si podrá tener una actividad de producción o creación literaria o técnica, asistencia ocasional a seminarios o conferencias o el ejercicio de funciones en un partido político, siempre que no perciba ninguna retribución por ello, excepto las dietas.

Entre las causas de cese, estarán cuando sean condenados por sentencia firme por la comisión de delitos contra la administración pública o cuando se acuerde la apertura de juicio oral, punto éste en el que ha discrepado Ciudadanos, partidario de dejar los puestos cuando un responsable público sea imputado o investigado. De Santiago-Juárez no entró en esa diferencia con el partido que facilitó la investidura de Herrera y se centró en que adelantan la aprobación del proyecto de ley, cuando "lo fácil era refugiarse en la reforma del Estatuto".

Durante los dos años siguientes al cese o despido, un alto cargo no podrá prestar sus servicios en entidades privadas que hubieran sido afectadas por las decisiones en las que pudo participar directa o indirectamente. Sin embargo, los altos cargos que tras su cese se incorporen a una empresa privada en la que hubieran trabajado antes de su nombramiento no estarán afectados por la limitación de dos años.