El Supremo ha avalado una Ordenanza Municipal de Valladolid que prohíbe el nudismo y el uso del bañador en espacios públicos de la ciudad, pero ha eliminado de esa norma el precepto que extendía la limitación a la "semidesnudez", un término que el alto tribunal considera demasiado impreciso. El alto tribunal acoge así, pero solo parcialmente, el recurso de la Federación Española de Naturismo, organización nudista que pretendía que se anulara completamente la normativa.