Las familias con niños acogidos tendrán preferencia a la hora de que los alumnos sean admitidos en los centros educativos de Castilla y León, tal y como recoge la modificación del Decreto 11/2013, de 14 de marzo, por el que se regula la admisión de los estudiantes en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la comunidad y que aprobó el Consejo de Gobierno.

La Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, ha incluido, en su disposición final sexta, una nueva redacción para el apartado 2 del artículo 84 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Esta modificación introduce un nuevo criterio prioritario dentro del proceso de admisión que es la situación de acogimiento familiar del alumnado.

La normativa autonómica de admisión no contemplaba esta posibilidad lo que ha motivado que se abordase la modificación del Decreto 11/2013, de 14 de marzo, para adaptar su redacción al nuevo artículo 84 citado.

Según apuntan desde el Gobierno regional, este es el principal motivo de la modificación del Decreto, pero también se incluyen en el proyecto una serie de aspectos que la experiencia de su vigencia en estos tres años sugiere la necesidad de precisar o de añadir ciertas mejoras. Una de ellas es la de establecer una reserva de plaza para el alumnado que cursa estudios en el extranjero para que, una vez regresen de su estancia fuera de España, puedan seguir sus estudios en el centro en el que hasta ese momento había estado escolarizado.