La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ) ha declarado ilegal el reparto de aprobados por tribunal que se produjo en las oposiciones al cuerpo de maestros convocadas por la Junta en el año 2009 y obliga ahora, siete años después, a valorar los méritos de los aspirantes que fueron calificados con al menos un cuatro.

El tribunal desestima la pretensión inicial de los 80 afectados que recurrieron de que todo el proceso quedara anulado, e indica que la sentencia "no afectará en su condición de aprobados a los opositores seleccionados inicialmente, ello sin perjuicio de verse pospuestos en su ubicación escalafonal en aquellos casos en que así proceda, y sólo respecto de los recurrentes que se vean expresamente beneficiados por el fallo de esta sentencia".

Fuentes del colectivo de aspirantes que recurrieron y a los que ahora, en parte, se da la razón, indican que de los 80 recurrentes 59 superan el cuatro que ahora fija el TSJ para tener derecho a pasar a la siguiente fase y que le sean valorados los méritos.

El fallo es claro: "En resumidas cuentas, este Tribunal no tiene dudas de que por parte de alguna autoridad no identificada de la Consejería de Educación se impartieron órdenes a través del llamémosle conducto oficial (Presidencias de las Comisiones de Selección hasta presidentes de tribunales) que exigían la limitación del número de plazas por tribunal. Número que venía a coincidir con el cociente resultante de las plazas convocadas para cada especialidad y el número de tribunales existentes".

"Al realizarse un reparto de plazas por cada tribunal, se está yugulando, injustificadamente, la posibilidad de acceder a la fase de concurso. Y tal actuación, en tanto no prevista por las bases, no puede ser admitida. (*) Por lo tanto, no puede entenderse conforme con las bases del concurso la limitación o pretendido reparto de número de plazas convocadas entre cada tribunal", se dice textualmente en el fallo en el que ha tenido un peso determinante "la abrumadora coincidencia de (pruebas) testificales".

La Junta no sale bien parada en este pronunciamiento judicial, ya que la Certificación de 27.05.205 del coordinador general de Servicios de la Dirección General de Recursos Humanos de la Junta de Castilla y León negando que se dieran instrucciones para fijar cupos de aprobados por cada tribunal "no ofrece la más mínima credibilidad" a los magistrados de la Sala.