La Sección Primera de la Audiencia Provincial de León ha dictado una sentencia en la que acuerda anular, por falta de transparencia, las cláusulas suelo contenidas en los contratos de préstamo suscritos por Caja España de Inversiones.

Según un comunicado remitido por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), la declaración de nulidad afecta únicamente a las cláusulas suelo contenidas en los contratos suscritos por Caja España de Inversiones, Caja de Ahorros y Monte de Piedad, y no extiende sus efectos a las incorporadas a contratos suscritos por otras entidades integradas en Banco Ceiss.

Según la sentencia de 67 folios, la "abusividad" de este tipo de cláusulas conlleva su nulidad, según establecen los artículos 83 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre sobre condiciones generales de la contratación. Al resolver sobre la acción de cesación, la consecuencia de la nulidad de la cláusula comporta, tal y como se solicita en la demanda, la eliminación de esta fórmula y la condena a abstenerse de utilizarla "en el futuro".