La Gerencia Regional de Salud de Valladolid, en procedimiento tramitado por los Servicios Jurídicos dell Defensor del Paciente, ha reconocido el derecho de una paciente a ser indemnizada con 4.000 euros por el retraso injustificado en la realización de una ecografía para descartar un cáncer de mama. La víctima, Z.C., de 30 años, acudió a su médico de cabecera en junio de 2011 tras notarse un bulto en la mama. Durante exploración, a médico constató un pequeño bulto de 0,5 centímetros, por lo que solicitó la realización de ECO. Dos meses más tarde, la médico informó de que la ECO había revelado un nódulo sin importancia, pero que debía vigilar.

Pasados unos meses, la afectada acudió nuevamente a la consulta de su médico al notar un crecimiento del bulto. En la palpación, la médico evidenció un bulto de 1,5 centímetros. Ante ello, la médico remitió a la paciente a consulta con Ginecología.

En la consulta con el ginecólogo, tras una somera exploración, el especialista le mandó únicamente un tratamiento dermatológico, haciendo caso omiso a la presencia de un bulto. Solo tras insistir la paciente aceptó repetir la ECO de mama. Llegado el mes de marzo de 2013, casi un año después de la consulta con el ginecólogo, la paciente todavía no había sido citada para realizar la ECO.