El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha anulado diez apartados de la orden de caza de la Comunidad de 2010, estimando parcialmente el recurso presentado por Ecologistas en Acción, y apreciando «temeridad en la conducta» de la Junta en cuanto que incurre en artículos declarados anteriormente nulos.

Ecologistas en Acción ha señalado en un comunicado de prensa que aunque esta orden haya perdido su vigencia, la sentencia tiene su «valor e importancia» porque «acredita de nuevo la mala gestión de los responsables de la Consejería en temas cinegéticos, con la reiteración de artículos declarados nulos en las órdenes anuales, aún sabiendo de su ilegalidad», por sentencia de 2008 del mismo tribunal.

El TSJCyL anula, por «ser disconformes con el ordenamiento jurídico», según la sentencia a la que ha tenido acceso» Efe», los artículos 2.1, sobre especies cazables de caza menor; el 6.1., sobre especies en media veda; el 7.2 referido a palomas migratorias en pasos tradicionales; y cuatro apartados del artículo 8, que regula lo complementario en caza mayor.

También anula otros dos apartados del artículo nueve, referido a control de especies cinegéticas que puedan ocasionar daños; y el diez, de control de especie no cinegéticas.

En un comunicado de prensa, la asociación ecologista ha criticado la actual orden, para la temporada de caza 2011/2012, que a su juicio «entre otras cuestiones destaca por la aberración de permitir matar como periodo hábil a las hembras adultas de corzo con crías». Esto «quiebra uno de los pilares básicos de la sostenibilidad cinegética, que debe garantizar que la caza no se produzca durante los periodos más vulnerables del ciclo biólogico anual de las especies cinegéticas».