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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ordenó a la consejera de Medio Ambiente la incoación de dos expedientes sancionadores a la empresa Coto Minero Cantábrico S. A., antes Minero Siderúrgica de Ponferrada (MSP) por sus actividades ilegales en el monte El Feixolín de la localidad de Villablino (León). También ordenó incoar, en este caso al consejero de Economía, un expediente de caducidad de la concesión minera.
La sentencia de cuatro páginas, facilitada por fuentes de la sociedad Narsil -promotora de las actuaciones judiciales contra el cielo abierto de El Feixolín- en representación del empresario de Villablino Antonio Arias Tronco, fue fallada el pasado 23 de octubre. En ella se ordena a los dos consejeros del Ejecutivo autonómico el inicio de varios expedientes en el plazo de “un mes”, según la resolución, que se dirige al “titular” de ambas consejerías.
En el caso de la consejera de Medio Ambiente, María Jesús Ruiz, el auto ordena la incoación de “un expediente sancionador para depurar responsabilidades en que hubiera podido incurrir MSP” por los hechos denunciados por Narsil S.L. en el escrito presentado ante la Consejería el 4 de junio de 2004 al amparo de los artículos 74 y concordantes “de la entonces vigente Ley autonómica 11/2003 de prevención ambiental”. También se ordena incoar otro expediente sancionador “por los mismos hechos y la misma finalidad”, en este caso al amparo del artículo 67 y concordantes de la Ley estatal de montes, así como “remitir al TSJ la certificación de las resoluciones dictadas a tales fines”.
El auto ordena al consejero de Economía y Empleo, Tomás Villanueva, “iniciar expediente de caducidad de la explotación minera de la MSP en el paraje El Feixolín de acuerdo con lo previsto en el título concesional existente a su favor”, así como “remitir la certificación del estado de ejecución del plan de restauración” aprobado por resolución el 23 de mayo de 2006 y “si éste comprende toda la zona en donde aquella empresa efectuó actividad o labores extractivas de mineral”.
Por último, se exige la remisión de un informe “sobre si en aquel paraje actualmente se realizan por esa empresa u otra que la hubiere sucedido labores extractivas” y si éstas “están amparadas por el título concesional”.
Valoración muy positiva
El representante de la entidad demandante, Antonio Arias Tronco, realizó una valoración “altamente positiva” de una denuncia presentada en 2004 y que “el TSJ reconoce que era justificada” y que las administraciones públicas “tienen mucho por hacer en El Feixolín”, mientras que la MSP “tendrá que hacer frente a cuantiosas multas y serán los consejeros, directamente, los encargados de adoptar dichas resoluciones”, explicó.
Arias Tronco entiende que la MSP ha actuado “de forma ilegal durante muchos años”, no sólo en este cielo abierto, sino “en todas las explotaciones e instalaciones que tenía en El Feixolín” y por lo que “tendrá que ser multada y tendrá que hacer frente a la indemnización de los daños y perjuicios causados y su concesión minera deberá declararse caducada”, lo que afectará también “a las explotaciones y proyectos de la zona”. Por último, Arias Tronco se mostró esperanzado de que la administración autonómica “ejerza sus competencias y exija la devolución a Laciana de los recursos naturales y mineros que le corresponden”.