El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Zamora tendrá la última palabra sobre la construcción de una macrogranja en el término de Morales de Rey. El Juzgado ha emplazado a las partes afectadas a comparecer y personarse en autos en el plazo de nueve días a contar desde ayer.

La Federación de Ecologistas en Acción de Castilla y León ha presentado el recurso esgrimiendo la caducidad de la autorización ambiental que la Junta de Castilla y León otorgó hace más de dos años a los promotores de esta macrogranja en Morales de Rey. Las obras de construcción ya están hechas a fecha de hoy, aunque resta por intervenir en algunos cuerpos constructivos accesorios.

La explotación porcina está pensada para 3.900 cerdos de cebo. La actividad ya ha suscitado no pocas críticas entre los vecinos y la Federación de Ecologistas en Acción de Castilla y León ha decidido presentar recurso. La parte recurrente aduce la caducidad de la autorización ambiental otorgada por la Junta cuando se concedió la licencia urbanística por parte de la alcaldesa con fecha 14 de agosto del pasado 2017. Una situación obligada para la alcaldía en base a los informes previos. Las instituciones y organismos que se pudieron ver afectados no pusieron reparos. Incluso desde el Ayuntamiento se evacuaban consultas a Aquona sobre la posible afección a la conducción del agua del abastecimiento comarcal, argumentando la sociedad que la actividad de la explotación porcina no afectaba a la tubería soterrada.

La macrogranja se ubica en la zona de "La espinilla". Unos terrenos que deben su nombre al arroyo que recoge las escorrentías de las estribaciones de la Sierra de Carpurias, los cerros y lomas, y desde una pequeña planicie discurre el agua de lluvia hasta el arroyo del Reguerón que desemboca, ya en el casco urbano de Morales, en el río Eria. La explotación ganadera se alza entre una masa forestal de encinares y pinares, a medio kilómetro del vial asfaltado que sirve de interconexión entre Morales de Rey y Quiruelas de Vidriales. A 900 metros de los grandes aljibes del abastecimiento de agua de la comarca, ubicados en "la Chana" entre Quintanilla de Urz, Morales de Rey y Quiruelas, cerca de la conducción soterrada de este abastecimiento de la comarca y a casi tres kilómetros del casco urbano de Morales.

El caso es que la construcción de esta macrogranja se halla ya en ciernes para una actividad de 3.900 cerdos de ceba. Unos animales que entran en las instalaciones con un peso de entre 20 y 22 kilogramos hasta salir al matadero con un peso de entre los 90 y los 110 kilos con un tiempo de engorde que transcurre durante tres meses y medio. La evacuación de los purines y sus olores es lo que, entre otras cuestiones, suscita las críticas de algunos vecinos que ven como puede afectar el exceso de nitritos en la superficie y en los acuíferos y ello estimando las buenas prácticas agrarias de las que por algunos lares adolece una buena parte del sector arrojando vertidos en las parcelas incluso poco antes de las precipitaciones de lluvia, más aún en las proximidades de regatos. A ello se suma entre los críticos el argumentario de que estas macrogranjas vienen a perjudicar a las pequeñas explotaciones ganaderas existentes y por ende ayudando a la merma de población. Todas estas connotaciones calificadas como negativas han venido circulando por las redes sociales, en las últimas fechas, en un foro de Morales de Rey.

La situación actual es que la granja de 3.400 cerdos de cebo que se construye en "La espinilla" de Morales de Rey dispone desde el 14 de agosto de 2017 de licencia urbanística, sin embargo Ecologistas en Acción de Castilla y León considera que esta licencia se otorgaba una vez caducada la autorización ambiental que la Junta había concedido dos años antes.

El Tribunal de lo Contencioso tendrá que determinar la cuestión porque en el interín de este proceso parece ser el "quid" de la cuestión, ya que la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León estaba vigente hasta el año 2015 y posteriormente se aprobó el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental estableciendo un régimen transitorio. La caducidad sería tal en el caso de existir un acto de resolución expresa, la prescripción sería otro tema, porque tal extremo o circunstancia obedece a la normativa.