El Partido Popular presentó en el último pleno una moción de apoyo a la Prisión Permanente Revisable. Nada nuevo bajo el sol! En Benavente, el PP ya nos tiene acostumbrados a sus "cortinas de humo" de distracción para hablar de lo lejano (yihadismo, referéndum catalán etc...) y no de lo que interesa a los benaventanos como la sanidad, el área funcional estable, la mejora de la autovía A-66 etc. Temas en los que votan en contra o se ponen de perfil en cuanto hay que reivindicar a sus superiores del PP.

En esta moción IU siempre lo ha tenido muy claro. El objetivo del PP cuando introdujo la prisión permanente revisable no se fundamentó, de acuerdo con el análisis de las cifras, en un criterio jurídico de mayor efectividad en la lucha contra la delincuencia sino en un criterio electoral basado en ciertos casos muy mediáticos que pusieron de manifiesto que proyectar una imagen de mano dura da réditos electorales. Es uno de los ejemplos más claros de populismo punitivo . El Código Penal dejó de ser un instrumento de política criminal para convertirse en otro de agitación y propaganda.

No necesitamos una cadena perpetua adicional a la que de hecho ya tenemos con la pena de 40 años de prisión.

La pena permanente revisable, eufemismo de cadena perpetua, fue reintroducida por el PP en la reforma del Código Penal que se realizó en el año 2015. Esta pena fue abolida durante la dictadura del general Primo de Rivera en 1928 y excluida de todas las modificaciones legislativas posteriores. Es decir, el código penal aprobado por el PP nos retrotrae a una situación de hace casi un siglo.

Desde el principio, IU manifestó su rotunda oposición a esta medida porque vulnera derechos fundamentales recogidos en nuestra Constitución ya que el artículo 25.2 de la Constitución Española establece que "las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social". La prisión permanente revisable vulnera claramente este principio constitucional pues difícilmente esta pena dejará lugar a la resocialización por mucho que se prevea una incierta revisión de la misma a los 25, 28, 30 o 35 años, según los casos.

Para IU, la política criminal española responde más a una estrategia política que a una necesidad real de endurecer los delitos.

Estamos muy condicionados por los medios de comunicación, los agentes sociales y los agentes políticos, que te hacen tener una determinada percepción que se contradice con la realidad delictiva. Y de esto se aprovecha el PP. Utilizar a la víctimas, como siempre. Por ello el Grupo IU no votó la urgencia por no considerarla como tal por varias razones:

Primero, se trata de una medida que es "cosmética". Los expertos consideran que una pena de prisión de 20 o 25 años ya tiene efectos análogos a la cadena perpetua. Tengamos en cuenta la aplicación de dicha medida está prevista para delitos con penas muy altas y que, por tanto, tampoco se puede decir que exista una laxitud en las penas previstas que vaya a ser modificado con esta medida. De hecho, España es uno de los países con penas más altas de Europa y su aumento, según los expertos, corresponde más a una estrategia política que a una política punitiva seria.

Segundo, lo que ya no existe es la reducción de penas, política que aplicó generosamente Aznar con muchos presos de ETA para reducir notablemente sus condenas (concretamente 290 presos). Por lo que esta medida es, además, cínica.

Tercero, como cínico es pedir el cumplimiento de penas íntegras o muy elevadas cuando el PP reformó el Código Penal en 2015 para permitir la suspensión de las condenas de prisión cuando, tras la acumulación de varios delitos, ninguno de ellos supere individualmente los 2 años de prisión (Art. 80.2.5. del CP). Esto en la práctica implica que las personas condenadas por varios delitos por corrupción (cuyas penas nunca son aumentadas tras cada reforma) tengan mucho más fácil no entrar en prisión. ¿Será por eso que al PP le gusta centrar la atención en esta otra cuestión?

Cuarto, es de dudoso encaje legal. Cosa que no sorprende dado que este Gobierno ya se ha saltado la legalidad prevista en las más altas instancias en no pocas ocasiones: Ley Mordaza, amnistía fiscal e indemnización al proyecto Castor, según el Tribunal Constitucional, o en la polémica concesión de la AP-6, según el Tribunal de Justicia europoe.

Pero además, esta medida se salta todos los estándares democráticos, además de ser inútil contra la delincuencia, particularmente contra el terrorismo suicida yihadista, lo dice también la jurisprudencia de las más altas instituciones jurídicas del país en (tres casos desde 1993 hasta 2000)

Además, el Consejo de la Abogacía Española considera inconstitucional la prisión permanente revisable, porque no se fija un límite de cumplimiento de la pena de prisión, lo que vulneraría los artículos 10, 15 y 25 de la Constitución Española. Por su parte, el Informe aprobado por el Pleno del CGPJ también cuestiona la constitucionalidad de la pena en relación al artículo 25.1 CE. Además, el voto particular de la vocal Sra. Uría Etxeverría y de cinco vocales extiende esa tacha al artículo 25.2. Sólo dos vocales, los Srs. Dorado Picón (Actual secretario de la Administración de Justicia, dependiente del Ministerio) y Espejel Jorquera (sí, la recusada seis veces en la Gürtel por su cercanía al PP), no advirtieron problemas de constitucionalidad.

Desde IU si que nos gustaría que el PP nos sorprendiera algún día con una moción que, por ejemplo, incluyese estas propuestas:

Aumentar la inversión en justicia, incluyendo la creación de los juzgados de lo penal, entre ellos el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción del orden penal solicitado por el Tribunal de Justicia de Castilla y León que el CGPJ niega para Benavente y Zamora.

Derogación del artículo 80.3 del Código Penal, que permite la suspensión de largas condenas si los delitos individuales que forman dicha condena no superan los 2 años (un condenado a 6 años de prisión por varios delitos de corrupción se puede "ir de rositas" si se le condena por tres delitos con penas no superiores a 2 años cada una). Parece esté hecho para que los corruptos no entren en prisión.

Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para evitar que los casos judicializados se archiven si superan los 6 meses de instrucción, salvo que se declare la causa como compleja. (Algo que? parece "otro regalo" a los corruptos).

(*) Concejal y coordinador de IU Benavente.