La propiedad del número dos de la calle Lagares con la calle Herreros duda ahora de la viabilidad de la ejecución del derribo del inmueble que permitiría la alienación de la calle una vez consumada la expropiación de la parcela, y ha planteado varios interrogantes a la Concejalía de Urbanismo del Ayuntamiento de Benavente.

La propietaria del edificio, que estrecha la calle, que está sujeto a alineación por el Plan General de Ordenación Urbana, sobre el que pesa un expediente de ruina ordinaria debido a su mal estado, sobre el que se ha actuado irregularmente según los informes técnicos ejecutando sin licencia refuerzos sobre el solado que deben ahora ser eliminados, y que representa un peligro tanto para el tráfico rodado como para los peatones, ha elevado un escrito dudando de algunas de las peticiones técnicas previas al derribo a una semana de que concluya el plazo para su ejecución.

El Ayuntamiento, que según fuentes municipales está convencido de que se trata de una maniobra deliberada de dilación, se ha apresurado a contestar a la propiedad. "Previo al derribo se deberá presentar documentación del estado de las edificaciones colindantes y del viario por el que deba circular la maquinaria empleada en la demolición. Se adoptarán las medidas necesarias para garantizar la estabilidad y adecuada conservación de los edificios colindantes durante la ejecución de la obra", plantearon los técnicos. La propiedad ha alegado que no se ha podido acceder al inmueble colindante sin acreditar la oposición del titular, y los técnicos le han recordado que no se trata de una medida obligatoria sino de buena práctica y "dará por buena la documentación que la interesada pueda aportar, aunque se limite a los aspectos observables desde el exterior si el titular de la edificación colindante no le autoriza el acceso al interior de la misma".

En segundo lugar la propiedad ha preguntado acerca de la prescripción de encapsular la maquina sonora, la instalación de silenciadores acústicos, y la realización de determinados trabajos en el interior del edificio. Los técnicos han respondido que "no se trata de una condición que imponga la licencia, sino básicamente un recordatorio de la obligación del cumplimiento de la Ley del Ruido de Castilla y León", y debe "ser interpretada de forma genérica". De cualquier modo, el Ayuntamiento mantiene su decisión de actuar de forma subsidiaria y ejecutar el derribo una vez superado el plazo dado a la propiedad para cumplir la orden de ejecución del derribo, plazo que "expira la semana que viene".