La Audiencia Provincial de Zamora ha confirmado la sentencia de instancia que condenó en abril a la Sociedad de Caza La Veguilla al pago de 3.204 euros más intereses legales por los daños y perjuicios ocasionados por piezas de caza (conejos) en cuatro fincas colindantes. El coto recurrió la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Benavente alegando la nulidad del Juicio por la aportación de un informe pericial complementario en el acto de la vista, por concurrencia de error en la valoración de la prueba en cuanto debido a la falta de legitimación activa, y al origen o procedencia del daño, las actuaciones de las partes en evitación del mismo y su cuantificación.

Todos los motivos planteado en el recurso han sido rechazados. La Audiencia considera acreditado que los concejos procedían del coto donde hay madrigueras, y pone de manifiesto que la falta de diligencia del coto se evidencia por los propios daños producidos en las fincas y que la falta de diligencia del cultivador no puede apreciarse cuando el perito puso de manifiesto lo costoso que resultaría la adopción de medidas para los daños.