El Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León ha declarado la caducidad del segundo expediente sancionador incoado contra el Ayuntamiento de Benavente por el derribo de la casa del guardagujas.

La Administración regional, que ha dado un plazo de diez días al Ayuntamiento para que formule alegaciones si lo considera necesario, ha acordado el archivo de las actuaciones practicadas en el expediente sin perjuicio de la apertura de un nuevo expediente sancionador "si no hubiera prescrito la infracción o persistiesen ios hechos que dieron lugar a la misma".

El Servicio Territorial abrió el expediente por la comisión de una presunta infracción administrativa de la Ley de Residuos al haberse derribado el inmueble "sin disponer de un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición, sin haber separado en origen los residuos y haber transportado los generados en la demolición en medios municipales sin disponer de comunicación previa".

El 28 de septiembre de 2016 dictó el pliego de cargos, en el que se hicieron constar los hechos imputados, el presunto responsable y las sanciones aplicables. El pliego fue notificado el 4 de octubre y el Ayuntamiento tuvo 10 días de plazo para presentar alegaciones, lo que hizo en tiempo y forma.

El 4 de noviembre la Junta requirió al denunciante para que, también en un plazo de diez días, ratificara la denuncia y para que aportara cuanta información complementaria estimara oportuna para completar la determinación de los hechos y de las circunstancias relevantes.

La denuncia fue ratificada el 1 de diciembre y la Junta, con la finalidad de determinar las circunstancias que concurrían en la actuación ilícita, solicitó un informe a la Sección de Protección Ambiental que a fecha de hoy aún no lo ha remitido. Este hecho, en aplicación de la doctrina del Tribunal Supremo y del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se ha visto obligado a declarar cadudado el expediente sancionador.