El propietario de una finca de algo más de 22.000 metros cuadrados en pago Valmonio, en una zona que el Plan General de Ordenación Urbana de Benavente cataloga como Suelo Rústico con las categorías de Entorno Urbano y Protección Especial Terrenos lnundables, se enfrenta a una sanción de entre 300.000 y 3 millones de euros por la comisión de una infracción tipificada como muy grave al haber ejecutado un terraplén en la zona de flujo preferente del desbordamiento de un río.

Disciplina Urbanística propuso el 25 de noviembre incoar expediente de restauración de la legalidad tras constatarse por la Policía Local y por los técnicos del área de Urbanismo que en la finca se había procedido a la descarga de camiones de tierra para relleno sin licencia municipal, y se había explanado la tierra vertida también sin licencia, y se había incumplido un decreto de Alcaldía que ordenaba la paralización de las obras.

La arquitecta municipal concluyó en su informe de noviembre que las "obras del relleno que se están ejecutando resultan incompatibles con las condiciones reguladas en las normas al tratarse de un suelo rústico dentro de la zona de flujo preferente en el que la Confederación Hidrográfica del Duero no permite la construcción de terraplenes" y precisó que por este motivo, al tratarse de una acción en un suelo rústico protegido, "la infracción pasaría a calificarse de muy grave, siendo sancionables con multa de entre 300.000 y 3.000.000 de euros".

La incoación del expediente de restauración de la legalidad urbanística fue notificada al propietario al que se le concedió un plazo de audiencia de 10 días, plazo en el que aportó un informe y documentación relativos al volumen de tierra vertido y a la nula incidencia de la misma en la inundabilidad de la zona. En base a este informé solicitó al Ayuntamiento que requiriera un informe en este sentido a la Confederación Hidrográfica del Duero.

El 23 de diciembre, Disciplina Urbanística elaboró un nuevo informe que devino en decreto en el que se acordaba suspender el expediente de restauración de la legalidad urbanística durante un plazo máximo de tres meses y pedir a la Confederación Hidrográfica del Duero un pronunciamiento expreso sobre este caso y sobre la situación de la zona.

En este decreto se hace referencia a que el informe urbanística elaborado un mes antes ya contemplaba que el Ayuntamiento "carece de herramientas suficientes para poder valorar las consecuencias que puede tener el terraplenado en las condiciones de inundabilidad, riesgo y peligrosidad de las fincas colindantes".

Los técnicos habían comprobado que en la finca se había procedido a terraplenar la superficie mediante el relleno de la zona más deprimida" unificando la rasante de forma que se reduzca la profundidad del agua en caso de inundación", de forma que en la avenida de los 100 años la profundidad descendería de 1,3 a 0,9 metros en los puntos más desfavorables.

No obstante, teniendo en cuenta esta situación y las limitaciones a la construcción de terraplenes en zona de flujo preferente, así como las posibles consecuencias de estas actuaciones, "se considera necesario para la resolución del expediente de Restauración de la Legalidad Urbanística, recabar el pronunciamiento de Confederación Hidrográfica del Duero sobre si autoriza las obras ejecutadas, y por consiguiente, se resuelve el expediente con la posibilidad de legalización. O si por el contrario, las mismas no pueden ser autorizadas, procediendo resolver con la orden de reposición de los bienes afectados a su estado anterior", justifica el último decreto.