El Ayuntamiento de Benavente ha desestimado la reclamación de compensación del aprovechamiento urbanístico por la cesión de 190 metros cuadrados de calle urbanizada y cedida a la vía pública en la calle Madrid a la promotora del Edificio Mercantil.

La desestimación, que ha sido comunicada a Promer y al Procurador del Común tras años de conflicto, señala que no se ha adoptado ninguna medida para compensar aquella pérdida de aprovechamiento, porque y en interpretación de los técnicos municipales, "la misma no se ha producido, ya que el aprovechamiento que le asigna el planeamiento urbanístico de Benavente se ha materializado en la parcela neta".

El informe municipal determina que, al margen de esta cuestión, "resulta cuando menos reseñable" que el propietario insista en que se le compense por un aprovechamiento supuestamente perdido cuando en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de 17 de marzo de 2009, "queda meridianamente claro que el responsable de la infracción ha consolidado un exceso de volumen de 312,11 metros cúbicos, por lo que ha obtenido mayor aprovechamiento que el que inicialmente le permitía el planeamiento".

En concreto, el TSJCyL rebajó el importe de la sanción por infracción grave de 324.698 a 300.000 euros a la promotora y mantuvo las otras infracciones leves en relación con las obras realizadas en el antiguo Hotel Mercantil. "Aunque ha quedado acreditado el beneficio económico obtenido por el responsable de la infracción, puesto que se le ha permitido consolidar el exceso de volumen de 312,11 metros cúbicos construido en la parte del edificio de la calle la Rúa, no se ha justificado que su importe sea superior a la suma de la sanción imponible".

La promotora solicitó en abril de 2015 y en marzo de 2016 que se le diera traslado del criterio de compensación o reintegro por la cesión de 190 metros cuadrados en los números 2 y 4 de la calle Madrid, y en noviembre el Procurador del Común pidió al Ayuntamiento que emitiese una resolución al respecto.