La Audiencia Provincial de Zamora ha confirmado la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal en el caso del vecino de Benavente que en octubre de 2011, al mediar en una discusión entre dos conocidos con la intención de separarlos en un pub de la ciudad, estrelló un vaso de cristal contra la cara de uno de ellos causándole graves lesiones.

El Juzgado de lo Penal, a luz de los partes médicos y de los testimonios de cuatro testigos, condenó al agresor como autor de un delito de lesiones a la pena de dos de prisión y al pago de 30.312 euros en concepto de lesiones, secuelas y gastos acreditados, además de una cantidad adicional a Sacyl por gastos de asistencia.

El agredido sufrió lesiones consistentes en laceración del párpado superior del ojo izquierdo y en una herida perforante que tardaron en curar 410 días de los que 26 fueron hospitalarios y 384 impeditivos. Como consecuencia de las heridas sufridas perdió parcialmente la visión en ese ojo.

Contra esta sentencia, el condenado presentó recurso ante la Audiencia Provincial de Zamora alegando una incorrecta valoración de la prueba por parte de la juez de instancia y la vulneración del principio constitucional de presunción de inocencia. La defensa mantuvo en el recurso dudas sobre los testimonios de los testigos y sostuvo que no hubo pruebas que acrediten la participación del condenado en los hechos y por ello pidió la libre absolución.

Los magistrados de la Audiencia entienden sin embargo que las declaraciones de los intervinientes en el acto del juicio oral "son verosímiles, porque el relato de las mismas es lógico y coherente en la narración de los hechos, a la vez que firme e indubitado" y recuerdan que el parte de lesiones y informe del médico forense, concuerdan con la versión inicial, razones, entre otras por las que desestiman el recurso de apelación con imposición de costas al recurrente.