Las familias benaventanas con dificultades económicas tendrán cubierto el coste del recibo del agua del último bienio. El equipo de Gobierno del Ayuntamiento benaventano acaba de aprobar las bases para la concesión de la ayuda, que suma un importe global de 15.000 euros en virtud del acuerdo alcanzado en la primavera entre el anterior equipo municipal y Acuona, la concesionaria del servicio municipal de abastecimiento, que es la que asume el coste.

La subvención podrá alcanzar, en los casos de las familias con menores medios y mayor necesidad, el 95% del coste del consumo de los años 2014 y 2015, y también en los casos mas extremos, los gastos de enganche pendientes de alta.

El alcalde, Luciano Huerga, explicó ayer que se están produciendo conversaciones con Aquona para que esta subvención se mantenga también el próximo año. De momento, la aprobación de las bases permitirá conocer con exactitud el número de familias con necesidades y facilitará al Ayuntamiento una base de datos real para la puesta en marcha de políticas sociales similares.

La ayuda será finalista, temporal, inembargable, extraordinaria, de pago único y compatible con cualquier recurso, ingreso o prestación, con independencia de cuál sea su naturaleza y origen. Igualmente irá dirigida a atender de forma temporal la cobertura de una necesidades básica como es el consumo de agua tanto por razones sobrevenidas como por falta continuada de recursos, de aquellas personas que no pueden hacer frente a gastos específicos. La ayuda también busca prevenir, evitar o paliar situaciones de exclusión social y que no puedan ser sufragados por sus medios, ni desde otros recursos sociales.

Para acceder a esta ayuda, cuya concesión gestionará la Concejalía de Educación y Bienestar Social, será preciso estar empadronado en la ciudad con un periodo de residencia previo de seis meses de antigüedad anterior al día de la convocatoria.

Los solicitantes no podrán superar los ingresos anuales de cuantía equivalente a 1,2 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) anual (14 meses) incrementada en el caso de unidad familiar o de convivencia, en un porcentaje por cada miembro adicional (20% por el primer miembro, 10% por el segundo y 5% por el tercero y siguientes), hasta un límite máximo del 1,8 del IPREM anual por la unidad familiar.

La subvención están destinadas a las unidades familiares, pero también a las personas que vivan solas, de manera autónoma e independiente, y las que convivan con otras en el mismo domicilio y no tengan con ellas estos vínculos Estas personas deberán acreditar independencia de su familia de origen, al menos con un año de antelación al inicio del procedimiento de reconocimiento de la prestación.

También podrán ser destinatarios quienes se encuentren en proceso o situación de nulidad, divorcio, separación legal o ausencia, o de extinción de la unión de hecho y, igualmente, podrán ser destinatarias de la subvención las mujeres víctimas de violencia de género.

Para el cómputo de los ingresos del destinatario de la prestación de su unidad familiar o de convivencia, se tendrán en cuenta los ingresos de la unidad familiar o de convivencia referidos al último período impositivo y se computarán todos los procedentes del trabajo por cuenta ajena, del trabajo por cuenta propia y de pensiones, prestaciones y todos aquellos subsidios públicos que perciban.