Un vecino de Valladolid tendrá que cumplir una pena de nueve meses de prisión por reincidir en el quebrantamiento de la orden de alejamiento impuesta por el juez al haberse acercado a su expareja, una benaventana, a menos de 300 metros dos veces en un mismo día.

La Audiencia Provincial de Valladolid ha confirmado el fallo del Juzgado de lo Penal número 1 de la capital vallisoletana y desestimado el recurso de apelación presentado por el condenado. La orden de alejamiento fue dictada por la titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Benavente en mayo de 2014 tras ampliar una orden de protección de la excompañera contra su expareja por un presunto delito de violencia de género. La juez le prohibió acercarse a menos de 300 metros de su excompañera en cualquiera lugar donde esta se encontrara y comunicarse con ella por cualquier miedo, ni siquiera telefónico, prohibiéndole además acudir a Benavente y todos los municipios de la provincia de Zamora, hasta que esta medida fuera modificada o hasta que se iniciara la ejecución de la resolución firme que pusiera fin a la causa, con el apercibimiento de que en el supuesto de no hacerlo, su conducta constituiría un delito de quebrantamiento.

Sin embargo en octubre de ese año, el ahora condenado acompañado de una amiga benaventana que también lo había sido de la expareja de este, se encontró con su antigua compañera en la Plaza Circular de Valladolid. Los tres estuvieron juntos durante un tiempo que no ha sido determinado. Horas después volvieron a coincidir los tres en la estación de autobuses de Valladolid, donde su excompañera estaba acompañada de dos educadoras. Al percatarse, salió corriendo del lugar junto a su amiga. Por este hecho el Juzgado de lo Penal de Zamora le condenó a seis meses de prisión.