Entre las alegaciones a la orden de ejecución, el exedil de Urbanismo "afirma en la conclusión de su escrito que cualquier actuación de la administración contraria a su petición incurre en arbitrariedad a sabiendas, con las consecuencias que ello podría comportar". Esto "presupone que los técnicos municipales en la inspección del inmueble carecen de la imparcialidad necesaria para efectuar su trabajo", responden los técnicos. Una decisión arbitraria "es aquella que procede solo de la voluntad o del capricho y no de los criterios establecidos por el ordenamiento jurídico. Una decisión administrativa discrecional incurre en arbitrariedad cuando su contenido carezca de fundamentación objetiva, resulte incongruente o contradictoria con la realidad que se pretende regular", agregan y subrayan que la resolución se ha dictado de forma motivada, objetiva y cumpliendo la ley. "La insistencia del alegante sobre la arbitrariedad de una resolución que no atienda a sus pretensiones puede parecer un intento de coacción a las autoridades y funcionarios, a sabiendas de ello, con las consecuencias que eso podría comportar", replican.