Las familias numerosas de Benavente se beneficiarán de bonificaciones de hasta el 90% a partir del próximo año con la modificación de la ordenanza fiscal que regula el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). La Concejalía de Hacienda presentará en la próxima comisión informativa de área la modificación del artículo cuarto de la ordenanza fiscal.

El porcentaje de la bonificación se determinará de acuerdo con la categoría de la familia numerosa y la base liquidable del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de acuerdo con el cuadro de la derecha.

Junto a esta modificación se varía el valor catastral máximo de los inmuebles para poder acogerse a esta bonificación. Anteriormente el valor catastral máximo era de 30.000 euros y a partir del 1 de enero de 2015, momento en que entrará en vigor esta modificación, será de 45.000 euros.

Las familias tendrán que solicitar la bonificación, que no tendrá carácter retroactivo, mediante instancia presentada en el Registro Municipal. La familias solicitantes deberán estar empadronadas en la vivienda para la que solicitar la bonificación en la cuota del impuesto, tanto el tiempo de la solicitud como durante todo el periodo de disfrute de la bonificación.

Entre todos los miembros que componen la familia numerosa solo se puede poseer una vivienda, y la bonificación, que compatible con otras, solo se aplicará a aquellos inmuebles de naturaleza urbana que tengan asignado según el Catastro el uso y destino de vivienda. De la bonificación quedan excluidas plazas de garaje, trastero o cualquier otro elemento análogo.

La bonificación podrá solicitarse ente el 1 de enero y el 31 de marzo de cada ejercicio, y las familias numerosas deberán ostentar esta condición desde el 1 de enero de cada ejercicio.

De igual modo, la bonificación que se conceda tendrá la duración del ejercicio para el que se conceda y no cabe la prórroga tácita. Para tramitar la solicitud las familias deberá aportar el Documento Nacional de Identidad del solicitante, el título de familia numerosa válido expedido por la Junta de Castilla y León; el certificado de empadronamiento; el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de la vivienda objeto de la bonificación; una declaración jurada de no poseer otros inmuebles urbanos destinados a vivienda; y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del año anterior de los miembros que integran la familia numerosa.

La modificación de la ordenanza obedece a un petición expresa de la Asociación de Familias Numerosas de Benavente, que desde hace años viene pidiendo al Ayuntamiento la concesión de este beneficio fiscal. El alcalde de Benavente, Saturnino Mañanes, se comprometió hace apenas unos meses, en la jornada de convivencia de la asociación, a estudiar la petición y modificar la ordenanza antes de la aprobación de los presupuestos si era factible económica y jurídicamente.