La Audiencia Provincial de Zamora ha confirmado la pena impuesta por el Juzgado de lo Penal contra un vecino de Benavente que dejó morir de hambre un cachorro perro en una casa de su propiedad, donde se hallaron también otro perro y un gatos famélicos y dos gallinas encerradas en un cajón entre excrementos.

El Juzgado de lo Penal dicto sentencia en abril de este año y condenó al propietario de los animales y de la casa donde se hallaron a una pena de tres meses de prisión como autor de un delito relativo a la Protección de los Animales Domésticos.

El magistrado en su resolución considera probado que el imputado, mayor de edad y sin antecedentes penales, y propietario de la vivienda donde fueron hallados los animales, los dejó en el interior de la mismo, privados de las atenciones más básicas. El 31 de diciembre de 2012, la Policía Municipal accedió al interior de la propiedad comprobando que un cachorro se encontraba atado, sin agua ni alimento, y muerto por falta de comida y agua. Que otro perro, que se hallaba suelto, sin agua ni alimento, se encontraba en situación de extrema delgadez. Que dos gallinas se encontraban encerradas en un cajón de un metro cuadrado rodeadas de excrementos. Finalmente, que el interior de la vivienda, se encontraba encerrado, sin comida ni agua, un gato que también se hallaba esquelético.

Recurso

Contra la resolución del Juzgado de lo Penal, la defensa del condenado presentó recurso de apelación alegando infracción de los principios de presunción de inocencia e in dubio pro reo, pues no existe prueba de cargo suficiente para desvirtuar el derecho constitucional de presunción de inocencia, ya que no se prueba la relación de causalidad entre el hecho del maltrato injustificado y la muerte del animal, e infracción por aplicación indebida del articulo 337 del Código Penal que tipifica los delitos contra la protección de los animales doméstico.

Los magistrados de la Audiencia entienden con respecto a la muerte del cachorro que aunque no exista una prueba directa de que el animal, que estaba dentro de la vivienda propiedad del acusado, hubiera muerto mediante la dejación de los más elementales cuidados de alimentación, suministro de bebida y cobijo, ya que nadie fue testigo directo de tales hechos y no se ha practicado ninguna prueba veterinaria para dictamine sobre la relación de causalidad entre la desatención del acusado al perro y el resultado de muerte, no puede negarse que existen una pluralidad de indicios que acreditan de que efectivamente murió por estos hechos.

La sentencia precisa además, entre otros aspectos, que no puede compartir los argumentos expuestos por el recurrente "dado que no se corresponden más que con una versión parcial e interesada del suceso tratando de justificar su inocencia sin respaldo alguno en el conjunto probatorio".