La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la procedencia del despido de un empleado de Caja Rural en Santibáñez de Vidriales por su comportamiento negligente durante un atraco perpetrado en mayo de 2013.

Los hechos imputados al trabajador, un administrativo de esa sucursal, y que motivaron su despido procedente en sentencia del Juzgado de lo Social de Zamora, consisten en que llegada la hora del cierre y después de haberse ido el director de la oficina, con la caja fuerte cerrada, en lugar de cerrar la puerta exterior acudió varias veces a la misma donde observó la presencia de una persona. A pesar de esto esperó un tiempo hasta que entró en el hall de la oficina un encapuchado. El empleado no dio la alarma, no cerró la puerta ni telefoneó al director de la sucursal hasta las seis de la tarde alegando que el atracador le había amenazado con hacer daño a su hija si daba el aviso o accionaba la alarma.

Estos hechos, entre otros adicionales, motivaron la apertura de un expediente por parte de Caja Rural que culminó con el despido del administrativo, despido que fue confirmado en primera instancia. El empleado recurrió alegando que en el expediente disciplinario no se le imputó no activar la alarma; que de la carta de despido no se dio conocimiento al comité de empresa, del que formaba parte, y que las pruebas practicadas no tenían garantías legales ni valían las diligencias penales en el ámbito laboral, entre otras.

Los magistrados del TSJ consideran que el empleado transgredió los códigos de seguridad e incurrió en una negligencia reiterada con su actuación, que se puede considerar como falta muy grave "pues supone anular todas las medidas de seguridad y poner en riesgo la integridad de las personas, la suya propia y de los bienes", entre otras consideraciones.