La Agencia de Protección Civil de la Junta de Castilla y León ha resuelto el cierre de un pub de la calle de Los Carros durante 40 días tras acumular 40 infracciones de la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas por el incumplimiento de los horarios de apertura y cierre.

El Servicio de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas resolvió el expediente sancionador contra el propietario del establecimiento el pasado 30 de enero y ha abierto un plazo de un mes para la presentación de un recurso de alzada ante el consejero de Fomento y Medio Ambiente de la Junta.

La resolución califica de «muy grave» las infracciones administrativas acumuladas y después de recordar que la Ley contempla la imposición de una multa de entre 30.001 y 600.000 euros, y de manera alternativa o acumulativamente, la suspensión, prohibición de la actividad o clausura del establecimiento por un periodo máximo de tres años, resuelve «imponer una sanción consistente en la clausura del establecimiento por un periodo de 40 días naturales cuyas fechas se determinarán expresamente cuando adquiera firmeza la resolución».

El órgano sancionador «considera más efectivo penalizar por el incumplimiento de la norma y tratar de que tal incumplimiento no vuelva a repetirse» y advierte que llegado el momento de que se cumpla la sanción y «de no efectuarse el cierre de forma voluntaria en el plazo indicado, se procederá a la ejecución forzosa mediante precinto del local».

En el expediente se relacionan todas las actas de infracción levantada por agentes de la Guardia Civil y cómo, fuera de los plazos legales tras la notificación al propietario de la propuesta de resolución, este alegó que los expedientes acumulados estaban viciados por un defecto de nulidad radical por no haberle sido notificados; que el establecimiento no estaba abierto al público en horarios no permitidos; que los guardias civiles no le notificaron el acta de infracción; que como expedientado tiene derecho a la presunción de inocencia; y que la Administración desconoce que debe notificar al interesado todos los actos que se llevan a cabo en el expediente. Finalmente pidió el sobreseimiento del expediente «al no ser los hechos susceptibles de sanción administrativa».

La respuesta de la Administración resulta categórica en todos sus apartados, como en el siguiente. «Es inadmisible -responde- que el expedientado no solo niegue los hechos imputados sino que añada que su establecimiento, en esos días de la denuncia y como es habitual, cumple con la normativa de horario de cierre cuando constan en esta Administración más de 40 expedientes sancionadores por el mismo motivo». El Servicio concluye que el propietario de este pub «incumple de manera constante la normativa vigente en materia de horarios de cierre de establecimiento, manifestando de manera evidente un desprecio total por la normativa, que incumple de manera consciente y deliberada, quebrantando los principios de igualdad y seguridad jurídica e incurriendo en competencia desleal».