La juez rechaza anotar en el Registro la demanda de impugnación contra Nutecal

El Juzgado desestima la pretensión de los demandantes en el incidente y les impone las costas l La resolución es firme desde la semana pasada

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Aspecto del pabellón de La Rosaleda tras la asambela de la TEO que dio luz verde a la fusión.
Aspecto del pabellón de La Rosaleda tras la asambela de la TEO que dio luz verde a la fusión. Foto L. O. Z.

J. A. G. El Juzgado de Instrucción número 1 de Benavente ha declarado firme la desestimación de la anotación de la demanda de impugnación contra Nutecal (Nutrición-TEO-Calporc) en el Registro de Cooperativas.


Los demandantes pretendían que la demanda se inscribiese en el Registro como medida cautelar, aunque en la vista, según la resolución, no quedaron acreditados los fines de esta petición, razón por la que finalmente ha sido rechazada. El juicio se celebró el pasado mes de diciembre.


La juez, que comunicó la firmeza de la resolución a las partes la pasada semana sin que con anterioridad la parte demandante hubiera recurrido la resolución, ha impuesto las costas del incidente a esta última. Entretanto, prosigue la instrucción del procedimiento principal, esto es la impugnación de la constitución de la cooperativa.


Los abogados de Nutecal han pedido por su parte a la juez que determine la competencia del Juzgado Mercantil en la instrucción de este procedimiento en lugar de ser el Juzgado de Primeras Instancia quien lo haga.


Como quiera que fuese, los demandantes sustentan su demanda de impugnación en su versión de lo sucedido en la asamblea general celebrada por los socios de la TEO en diciembre de 2009, asamblea que derivaría en la fusión de TEO y Calporc y en la creación de la nueva cooperativa, Nutecal.


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