El Ayuntamiento de Benavente ha rechazado una propuesta de convenio urbanístico planteada por representantes de Supermercados Sabeco para construir un maxisupermercado y 200 viviendas en el sector 13 de la Vía del Canal. La propuesta de acuerdo urbanístico plantea la posibilidad de desarrollar como protegidas todas las viviendas a cambio de agrupar en una nave de una planta la superficie comercial resultante de todos los bajos de los edificios.

El Plan General de Ordenación Urbana de Benavente (PGOUB) considera urbanizable este sector de suelo pero el uso permitido es residencia, uso que compartiría en la zona con un sistema general de espacios libres. En el sector se podrían construir viviendas de cinco alturas con bajo, pero no cabe la tipología de naves comerciales. La Concejalía de Urbanismo ha recordado esta prescripción para rechazar la propuesta de convenio y los representantes del grupo han presentado alegaciones a la Modificación Puntual del Plan General, que está en fase de aprobación definitiva.

Supermercados Sabeco, la filial de supermercados del Grupo Auchan en España que controla la cadena de hipermercados Alcampo, habría retomado el proyecto de superficie comercial que Proaldor, una mercantil vasca, pretendía desarrollar a través de un Plan Parcial denominado «Vía del Canal Sector Sur» que también fue rechazado por los tribunales.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León dio de hecho la razón al Ayuntamiento de Benavente en el año 2007 rechazando el proyecto de la sociedad Proaldor para instalar esta superficie comercial. Después de cinco años de instrucción, el Alto Tribunal de la región resolvió que el proyecto contravenía las Normas Subsidiarias Urbanísticas de la ciudad.

El Consistorio había desestimado en diciembre de 2001 el recurso de reposición planteado por la sociedad contra el acuerdo del Pleno que denegó en agosto de ese año la aprobación provisional del Plan Parcial.

La denegación había sido la misma que el Ayuntamiento había aprobado en los casos de los planes parciales «El Borreguil», promovido por el grupo Erosmer, y «Las Candelas», promovido a su vez por Galicia de Distribución S. A. (Gadisa). También estas sociedades acudieron a los tribunales aunque los desenlaces fueron diferentes, al menos en el caso de Erosmer.

Proaldor recurrió ante el TSJ solicitando la revocación del acuerdo municipal, que el Plan Parcial fuese declarado conforme a las Normas Subsidiarias y que se ordenase la aprobación del establecimiento comercial proyectado por la sociedad. La resolución de la Sala de lo Contencioso-Administrativo fue negativa y se produjo en noviembre de 2007.

La razón fundamental para denegar la aprobación provisional del Plan Parcial argumentada por el Tribunal era «su oposición a las Normas Subsidiarias del Planeamiento vigentes en el municipio de Benavente».

La Sala establecía que el uso señalado para los terrenos que pretendía desarrollar Proaldor era el de residencial intensivo como dominante, «permitiéndose otros usos como el comercial pero solamente como equipamiento para cubrir la demanda propia del sector dentro de los módulos y estándares establecidos en el Reglamento de Planeamiento Urbanístico».

Esta prescripción sigue manteniéndose, aunque con ligeras variaciones, en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOUB). Tras conocerse el resultado de la resolución del TSJ, los representantes de Proaldor anunciaron que plantearían un convenio urbanístico al Ayuntamiento benaventano, que este acaba de rechazar ahora.

Fuentes municipales recordaron que el PGOUB establece unos usos para este sector y que el área de Urbanismo determinará la viabilidad de cualquier proyecto de acuerdo con los mismos. La propuesta de convenio por parte de los representantes de la sociedad pretendía superar las prescripciones del PGOUB a través de un sistema de negociación nunca utilizado en la ciudad.