ENCUESTA
Cambios en el Plan General de Ordenación Urbana

El PP estudia soluciones para legalizar más de doscientos edificios fuera de ordenación

El equipo de Gobierno quiere aprovechar la modificación del PGOU para dar una respuesta a las edificaciones incompatibles con el planeamiento

 
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J. A. G.
El equipo de Gobierno del Partido Popular en el Ayuntamiento de Benavente aprovechará la modificación del Plan General de Ordenación Urbana para buscar soluciones a los cerca de 210 edificios que se encuentran fuera de ordenación en el casco urbano, según ha podido saber este periódico.


Al margen de la legalidad urbanística regulada por el Plan General o fuera de ordenación, esto es, sin la posibilidad legal de realizar obras internas o externas que de ser autorizadas o de burlar la vigilancia de la policía urbanística permitirían su consolidacion, se encuentran tres tipos diferentes de edificaciones: aquellas que ocupan la vía pública y deben retranquearse al estar sujetas a una nueva alineación de la calle; casas que no cumplen con la altura mínima exigible, y edificios que superan la altura permitida en el Plan General de Ordenación Urbana y tienen un uso diferente al que poseían.


La mayoría de los edificios que se encuentran fuera de ordenación en la ciudad se corresponde con el primer grupo. Según la Concejalía de Régimen Interior, del orden de 176 a 186 inmuebles está sujetos a la revisión de la alineación y tarde o temprano tendrán que retranquearse. Así lo recoge el Plan General de Ordenación Urbana plano a plano y en esta situación se encontraría por ejemplo el edifico recientemente denunciado por el Grupo Municipal de Izquierda Unida en la Vía del Canal o la antigua zapatería que hace esquina entre las calles Herrero y Lagares, motivo de controversia al ser adquirido por familiares del desaparecido aparejador municipal y haber realizado obras de retejo con ese estatus.


«No se trata de aplicar una amnistía general sino de buscar soluciones para muchos de estos edificios», explica el concejal Manuel Vega en respuesta a las previsiones del equipo de Gobierno con este asunto.


Expropiar, comprar o permutar es la única vía que tiene el Ayuntamiento para que edificios que se encuentran sujetos a una nueva alienación puedan cumplir con las previsiones urbanísticas y en esto están los técnicos municipales, según Vega.


Un segundo grupo de edificios fuera de ordenación mucho mas reducido en número sería el integrado por viviendas que tienen una altura inferior a la permitida. Su situación, aún siendo menos acuciante que la de los edificios sujetos a alineación, estaría también sujeta a las mismas medidas o, en su defecto, a una vigilancia constante para evitar su consolidación .


El tercer caso afecta a un pequeño número de edificios, aunque muy conocidos. Es el caso del denominado Edificio Torío en la calle La Rúa, con más alturas de las permitidas y con un uso diferente al que se pretende en un futuro, el residencial ( anteriormente era comercial). En esta situación se encontrarían también la sede de Caja España en las calles Ronda Cabildo y García Muñoz, y el Edificio Hidalgo, en la plaza de San Francisco, entre otros. Los técnicos, según Vega, estudian que posibilidades otorga el Plan General para modificar su situación de acuerdo con la Ley. En estos cambios no se descartar revisar también el Catálogo de Edificios Protegidos debido al estado de algunos de los inmuebles incluidos por el ex arquitectos municipal.


Los edificios existentes erigidos con anterioridad a la aprobación definitiva del planeamiento urbanístico que resultaren disconformes con el mismo, serán calificados como fuera de ordenación de acuerdo con el artículo 64 de la Ley 5/99 y con los artículos 98 y 185 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León.


Diferentes situaciones


El Plan General de Ordenación Urbana vigente, a los efectos de determinar el régimen de obras permisibles, diferencia dos grados para la situación de fuera de ordenación:


1. Fuera de ordenación absoluta: que tendrá lugar en aquellos edificios que ocupen suelo afecto a dotaciones públicas, de carácter general o local, disconformes con las mismas.


2. Fuera de ordenación relativa: que tendrá lugar en aquellos edificios en los que la disconformidad se produce por causas distintas de las señaladas en el apartado precedente.


En función de estas dos situaciones el PGOUB propone diferentes formas de actuar.


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