La Bolsa de Empleo suprime la entrevista y fija el período máximo de contratación en 6 meses

El texto, que Izquierda Unida considera «positivo aunque insuficiente», incorpora un total de siete nuevos puntos propuestos por este grupo

 

J. A. G. Las bases de la Bolsa de Empleo han suprimido la entrevista y la posibilidad de prolongar los contratos a propuesta del Jefe de Servicio. Tendrán en cuenta la situación de minusvalía de los aspirantes en un porcentaje igual o superior al 33% (anteriormente se valoraba superando el 40%) y establecen un periodo máximo de contratación de seis meses, «lo que facilitará una rotación en las contrataciones y serán más equitativas» a juicio de Izquierda Unida.
También valorará el haber superado ejercicios de pruebas selectivas de acceso a cualquier administración pública en puestos de la misma categoría profesional a la que se opta y admitirán la inclusión como aspirantes a «los residentes legalmente en España». Igualmente permitirá el desempate en la calificación global de los méritos «en última instancia, por el orden alfabético que determine la letra resultante del sorteo para las administraciones públicas vigente al tiempo de establecer el orden definitivo».
El Grupo Municipal de Izquierda Unida ha valorado de forma «positiva» la modificación de las bases incluyendo sus propuestas, aunque, en su opinión son «mejorable» por «insuficientes». En cualquier caso la coalición considera «apremiante» su aprobación definitiva y su entrada en vigor.
IU, a pesar de lo que dicen los informes técnicos, cree que la condición de estar empadronado sería viable porque se valora en otros municipios similares o superiores en población a Benavente, y considera que las bases deberían tener en cuenta otras variables, como ser parado mayor de 45 años o pertenecer a una unidad familiar cuando ninguno de sus miembros perciba subsidio ni prestación y estén en desempleo.
La Coalición considera también recomendable establecer en las nuevas bases las pruebas previas a la valoración del concurso, especificando las categorías que las precisan, así como incluir como causa justificada la situación grave de un familiar hasta primer grado de consanguinidad o afinidad y que necesite presencia del trabajador para rechazar un contrato sin que sea dado de baja definitiva en la bolsa.

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