En la nueva PAC, para ser considerado agricultor activo se mantiene la exigencia de contar con ingresos agrarios distintos de pagos directos que supongan al menos un 20% de los ingresos totales. Se establece una modificación para los casos que no cumplan esta premisa, a los que se pide demostrar que ejerce actividad agraria y asume riesgo empresarial por la actividad que desempeña (presentación de libro de campo, factura de semillas, ser titular de póliza de seguro agrario?.).

Además, para las personas físicas se posibilita recibir pagos directos de la PAC, aunque desarrollen actividades en principio excluidas, si están dados de alta en Sistema Especial para trabajadores agrarios de la Seguridad Social. Se tendrá en cuenta no solo al solicitante, sino también a las entidades asociativas vinculadas con él.